En una sesión que resume tanto el momento como el reto, el Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó por unanimidad un decreto para modificar la Ley de Transporte Público del Estado, integrando el concepto de electromovilidad dentro del transporte público estatal. La iniciativa, presentada por la diputada Jaquelinn Jáuregui Mendoza, define la electromovilidad como aquellos vehículos de transporte público que emplean tecnologías de propulsión total o parcialmente eléctrica para su desplazamiento.
La reforma no sólo incorpora el término, sino que otorga a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Estado la facultad de promover acciones y coordinarse con autoridades de los tres niveles de gobierno en materia de electromovilidad. El motor de la transformación legal se enciende ahora, aunque aún falte definir la ruta técnica y financiera.
De acuerdo con el diputado Luis Emilio Rosas Montiel, la medida se enmarca en los lineamientos de la Ley General de Cambio Climático y del Acuerdo de París, al pretender transitar hacia sistemas energéticos con emisiones cero o bajas, además de acelerar el empleo de energías renovables y la eficiencia energética.
Conviene destacar un contraste llamativo: mientras la norma avanza para reconocer la electromovilidad, el texto aprobado no detalla plazos específicos para la sustitución del parque vehicular de combustión, ni cifras precisas de financiamiento ni evaluación de impacto ambiental o socioeconómico. Esta antítesis —legislar sin definir aún el “cómo”— refleja que la voluntad política precede al diseño técnico, algo habitual cuando se busca enviar un mensaje más que desplegar un plan integral.
En el terreno de los datos curiosos: San Luis Potosí se convierte en uno de los primeros estados del país en reconocer legislativamente la electromovilidad en su transporte público. Además, las autoridades estatales han impulsado proyectos piloto de transporte eléctrico que ya muestran una reducción importante en emisiones de CO₂ y un mejor desempeño energético.
Este giro legislativo no es menor: al incorporar legalmente la electromovilidad, el estado deja de depender únicamente de decisiones administrativas cambiantes y establece un marco para que futuras administraciones no puedan desechar el tema como “una moda pasajera”. Jáuregui lo enunció así: “no es para permitir lo que ya existe, sino para elevarlo a rango de ley”.
Ahora bien: el cambio de letra no siempre garantiza el cambio de ruta. La clave estará en que la Secretaría que recibió nuevas facultades tenga recursos, proyectos concretos, aliados locales y un calendario claro para renovar unidades, instalar infraestructura de recarga y formar técnicos. De lo contrario, el decreto podría quedar como otro buen enunciado sin glosa de cumplimiento.
Para la ciudadanía, esto significa que algún día puede subir al camión o colectivo sin respirar tanto hollín, o que el taxista del barrio deje de llenar tanque de gasolina para enchufar su vehículo. Es una promesa que mezcla idealismo y pragmatismo. Y es ahí donde radica su fuerza: la antítesis de “hogar sin chimenea” frente al “horizonte sin humo”.













