Con la finalidad de impulsar la digitalización del comercio, promover la inclusión financiera y fortalecer la formalidad de los negocios, este 5 de noviembre de 2026 entra oficialmente en vigor la Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos. La legislación fue aprobada por el Senado de la República el pasado 20 de octubre de 2026 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de noviembre de 2026.
De acuerdo con información recabada en colaboración con Zamora Despacho Contable, la nueva disposición legal establece el marco legal para el uso obligatorio de medios de pago digitales en determinados giros comerciales cuando la ley así lo determine. Asimismo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público queda facultada para señalar los sectores y actividades económicas en los que será obligatorio el cobro digital y en los que no se permitirá el uso de dinero en efectivo. Cabe destacar que la legislación no elimina el uso del efectivo de manera general en el país.
A partir de la publicación formal en el Diario Oficial de la Federación, la autoridad hacendaria cuenta con un plazo de 15 días hábiles, con fecha límite al 25 de noviembre de 2026, para dar a conocer los sectores y las actividades comerciales específicas que deberán acatarse a esta obligación.
Ante este panorama, la firma Zamora Despacho Contable sugiere a los contribuyentes y propietarios de establecimientos mantener actualizados los medios de cobro como terminales bancarias, transferencias electrónicas y billeteras digitales, revisar con oportunidad si la actividad comercial desarrollada forma parte de los sectores obligados, capacitar al personal operativo en el manejo de cobros electrónicos y mantenerse atentos a las disposiciones complementarias que emita la Secretaría de Hacienda.








